ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIOS DE ALCANTARILLADO, DEPURACIÓN Y VERTIDOS.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 al 19 y 20 apartados 1,2 y 4.r) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Cartaya, establece la Tasa de alcantarillado depuración y vertidos, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atiende a lo prevenido en el artículo 57del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La Empresa Concesionaria asumirá las labores de gestión en nombre del Ayuntamiento de Cartaya.

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