Comisión Local de Absentismo

Comisiones Municipales de Absentismo Escolar.

En cada municipio se constituirá, a instancia de la Delegación Provincial de Educación de acuerdo con el Ayuntamiento correspondiente, una Comisión Municipal de Absentismo Escolar en la que estarán representados los servicios y/o profesionales dependientes de las distintas administraciones públicas, los centros docentes, las asociaciones de padres y madres de alumnos y entidades colaboradoras.

Composición

La composición de la Comisión Municipal de Absentismo Escolar se fijará en el correspondiente convenio de cooperación, a partir de la propuesta que se efectúa en la Cláusula Quinta de los modelos de convenio que acompañan a Los correspondientes Anexos I y II, de la Orden de 19 de septiembre de 2005, por la que se desarrollan determinados aspectos del Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del absentismo Escolar (BOJA 202 de 17 de octubre de 2005). 

  • El Alcalde o Alcaldesa de la localidad, o persona en quien delegue.
  • El/La Concejal Delegado o representante del Área de Educación del Ayuntamiento.
  • El/La Concejal Delegado o representante del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento.
  • El/La Concejal Delegado o representante del Área de Seguridad Ciudadana.
  • El/La representante de la Delegación Provincial de Educación, nombrado/a por el titular de la misma, perteneciente Equipo de Orientación Educativa de la zona.
  • El/La responsable de los Servicios Sociales de la localidad o distrito municipal.
  • El/la directora/a de Zona de Trabajo Social como representante de la Diputación Provincial en los municipios de menos de 20.000 habitantes.
  • El/La/Los/Las Director/a/es/as de los centros de Educación Primaria y Secundaria en los que se lleven a cabo actuaciones de lucha contra el absentismo escolar.
  • Un/a representante de la Policía Local nombrado/a por el/la Concejal Delegado/a de Seguridad Ciudadana de la Corporación Local.
  • Un/a representante de las Asociaciones de Padres y Madres de centros de Educación Primaria y Secundaria en los que se lleven a cabo actuaciones para solucionar el absentismo escolar.
  • Un/a representante, en su caso, de las asociaciones no gubernamentales que desarrollen actuaciones y/o programas encaminados a la eliminación del absentismo en el municipio.

El Alcalde o Alcaldesa de la localidad o persona en quien delegue convocará y presidirá las reuniones de la Comisión Municipal de Absentismo Escolar, a iniciativa propia o a petición de cualquiera de las entidades que la integran.

Funciones

La Comisión Municipal de Absentismo Escolar y su Equipo Técnico Municipal tendrán las siguientes funciones:

  • Planificar las actuaciones de deban llevarse a cabo en los centros de la localidad o distrito para la eliminación del absentismo.
  • Velar por el cumplimiento de los centros docentes en lo que a la comunicación de las faltas se refiere.
  • Analizar los listados del alumnado absentista o desescolarizado en la localidad o distrito municipal y tomar las decisiones pertinentes al respecto.
  • Trasladar al Equipo Técnico Provincial la relación de alumnos y alumnas cuya situación de absentismo no haya sido resuelta mediante las actuaciones desarrolladas en la localidad o distrito municipal.
  • Informar a la Comisión Provincial del desarrollo de los casos de absentismo que se han valorado en la localidad o distrito municipal.
  • Realizar la evaluación de las actuaciones que se realicen incluidas en el programa de absentismo escolar. Una copia de la misma se remitirá a la Comisión Provincial

Periodicidad de las reuniones

La Comisión Municipal de Absentismo se reunirá con carácter ordinario dos veces al año y enviará copia del Acta de cada una de las sesiones a la correspondiente Delegación Provincial de Educación.

Equipo Técnico de Absentismo Escolar

En cada localidad se constituirá un Equipo Técnico de Absentismo integrado por los profesionales que más directamente intervienen en esta problemática: Equipo y Departamento de Orientación Educativa, responsables de los Centros Educativos, Servicios Sociales Comunitarios y/o Municipalesy Policía Local que coordinarán en cada localidad las actuaciones priorizadas por la Comisión Municipal.

Este Equipo, que se reunirá periódicamente, deberá informar a la Comisión Municipal, de las actuaciones que esté desarrollando así como los casos en los que se ha intervenido y su evolución y a la Delegación Provincial de Educación, a través de los Servicios de Inspección y Ordenación Educativa, de aquellos otros casos graves que requieran una respuesta educativa específica.

Una vez constituido el Equipo Técnico de Absentismo, se establecerá un plan de trabajo a desarrollar durante el curso, en consonancia con el Plan Provincial y Municipal

 Ella maestro/a de apoyo a la Compensación Educativa del Equipo de Orientación Educativa de la zona o, en su ausencia, un orientador de referencia del mismo equipocoordinará el funcionamiento del Equipo Técnico Municipal de Absentismo y será la persona de referencia para los temas relacionados con el absentismo escolar en la localidad.