TENENCIA RESPONSABLE DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
Los animales de compañía son una fuente de satisfacción y proporcionan muchos beneficios a sus propietarios. Sin embargo, tener animales de compañía exige cumplir una serie de compromisos, tanto con el animal como con la sociedad en que vivimos. Esta doble responsabilidad que tienen los propietarios, con los animales y con la sociedad, se conoce por tenencia responsable.
Ley
La Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales. La presente ley tiene por objeto la regularización de las condiciones de protección y bienestar de los animales que viven bajo la posesión de los seres humanos, y en particular de los animales de compañía, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El 21 de abril de 2005 entro en vigor el Decreto 92/2005, por el que se regulan la identificación y los registros de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Abandono
Se considerará animal abandonado, aquel que no lleve alguna acreditación que lo identifique ni vaya acompañado de persona alguna.
Corresponderá a este Ayuntamiento o entidad en quien delegue la recogida de los animales abandonados y perdidos, debiendo hacerse cargo de ellos por un plazo mínimo de 10 días hasta que sean cedidos, o en último caso sacrificados.
En caso de tener conocimiento de un animal abandonado llame al siguiente teléfono:
- 959 39 24 20 (extensión 124)
- 959 39 12 28
Identificación: el microchip.
Los propietarios de perros, gatos y hurones en Andalucía tendrán la obligación de identificarlos con un microchip para asegurar su control sanitario y facilitar la recuperación en caso de pérdida. Así se recoge en el decreto anteriormente mencionado.
Este sistema de identificación incluye los datos del animal, propietarios y también el nombre del veterinario que coloca el microchip.
Este dispositivo electrónico está dotado de un código alfanumérico que impide la duplicación, y estará homologado y cumplirá con la certificación de calidad ISO-11.784, a fin de evitar la comercialización de chips piratas.
La falta de microchip constituirá una infracción grave que se penalizará con sanción económica.
Registro Municipal de animales de compañía
Los propietarios de perros y gatos, así como otros animales que se determinen reglamentariamente, deberán inscribirlos en el Registro Municipal de Animales de Compañía del Ayuntamiento donde habitualmente viva el animal, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento o en el de un mes desde su adquisición o cambio de residencia. Asimismo, deberán solicitar la cancelación de las inscripciones practicadas en el plazo máximo de un mes desde la fecha de su muerte, pérdida o transmisión.
Si eres propietario de un animal potencialmente peligroso debes tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil, conocer esas razas y tener la documentación en regla.