Los servicios electrónicos que pueden prestarse a través de los Puntos de Información Catastral son los siguientes:
- Servicio de consulta de datos catastrales no protegidos, certificación de la referencia catastral y consulta de cartografía.
- Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por los titulares catastrales, sus representantes o personas autorizadas por ellos.
- Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
- Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos por parte de herederos y sucesores en los términos establecidos en el artículo 53.1 c), d) y e) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en las condiciones fijadas por la Dirección General del Catastro.
- Servicio de notificación de acuerdos catastrales, tanto por comparecencia electrónica si el interesado aporta la clave concertada recibida al efecto, como por comparecencia presencial ante el Punto de Información Catastral.