Procedimiento para la cesión de casetas

PROCEDIMIENTO PARA LA CESIÓN DE CASETAS PARA ACTIVIDADES:      

Si usted desea solicitar la cesión de una de las casetas del Recinto Ferial, debe seguir el siguiente procedimiento:

1. SOLICITUD: la solicitud debe ser cumplimentada con el nombre, apellidos y D.N.I. de la persona responsable, y hora de inicio y finalización de la actividad, debiendo aportar la siguiente FIANZA:

  • El importe de la fianza para la cesión durante las fiestas navideñas es de 300 euros.
  • El importe de la fianza para las celebraciones de 1 día, tales como cumpleaños, bautizos, comuniones, etc..., se establece en 100 euros.

2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUD: el lugar de presentación es el Departamento de Atención alCiudadano del Ayuntamiento de Cartaya. Esta solicitud debe ser presentada con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio de la actividad.

3. INVENTARIO: previa a la autorización pertinente, se girará visita a la caseta o casetas asignadas para la comprobación de su estado y se elaborará un inventario o registro de aquellas anomalías o desperfectos observados, así como de la dotación de mobiliario que presenta. Esta visita será realizada por uno de los responsables solicitantes de la cesión y por personal municipal asignado por el Ayuntamiento de Cartaya. Ambas partes deberán firmar el inventario expresando así su conformidad con lo recogido en el mismo.

4. RECOGIDA DE LLAVES: una vez concedida la autorización deben recogerse las llaves en el Departamento de Obras y Servicios.

5. ENTREGA DE LA CASETA: a la finlización de los actos programados se hará entrega de la caseta o casetas al Excmo. Ayuntamiento de Cartaya en el Departamento de Obras y Servicios, en un plazo no superior a 2 días desde la fecha de finalización de la actividad, debiendo presentar iguales condiciones que al inicio, tal y como se recogió en el inventario.

6. DEVOLUCIÓN DE FIANZA: si las personas asignatarias no hubiesen devuelto la caseta o casetas en las condiciones en que las recibieron y tampoco hubiesen subsanado los desperfectos en el plazo de 15 días naturales, el Excmo. Ayuntamiento de Cartaya se reservará el importe de la fianza, siendo devuelta a los interesados la parte que les corresponda una vez reparados los daños ocasionados. Al finalizar las actuaciones, en caso de que la cuantía de las reparaciones supere el importe de la fianza, el Ayuntamiento de Cartaya podrá iniciar un procedimiento de reclamación de la cantidad restante hasta sufragar los costes.

PROCEDIMIENTO DE CESIÓN DE CASETAS DEL RECINTO FERIAL COMO SEDE PARA ASOCIACIONES LOCALES SIN ÁNIMO DE LUCRO: 

1. En la solicitud se detallará el nombre, apellidos, D.N.I.,  dirección y teléfono de la persona solicitante, además de expresar el motivo de la misma.

2. La solicitud debe presentarse en el Departamento de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Cartaya, desde donde se procederá a darle registro de entrada y a proporcionar una copia al interesado.

3. Junto a la solicitud se debe presentar la siguiente documentación:

  • Copia compulsada de los Estatutos de la Asociación.
  • Copia compulsada del Registro de Inscripción.
  • Copia compulsada del D.N.I. de la persona que ostente la presidencia de la Asociación.
  • Autorización firmada por la persona que ostente la presidencia de la Asociación y la persona solicitante, junto a copia compulsada del D.N.I. del solicitante, en su caso.

4. En caso de no aportar la documentación necesaria, desde la Concejalía de Obras y Servicios, RR.HH. y Barriadas se emitirá un requerimiento al domicilio indicado en la solicitud, a través del cual se comunicará la documentación que falta y que se dispone de un plazo de 10 días, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, para presentar la misma en el Departamento de Atención al Ciudadano.

5. En caso de desatención del requerimiento, el Ayuntamiento de Cartaya archivará la solicitud entendiendo que la persona interesada ha desistido de su petición.

6. Previa a la autorización pertinente, se girará visita a la caseta asignada para la comprobación de su estado y se elaborará un inventario o registro de aquellas anomalías o desperfectos observados, así como de la dotación del mobiliario que presenta. Esta visita será realizada por el presidente de la Asociación o el miembro de la Junta Directiva en quien éste delegue y por personal municipal asignado por el Ayuntamiento de Cartaya. Ambas partes deberán firmar el inventario expresando así su conformidad con lo recogido en el mismo.

7. El plazo máximo para resolver la solicitud será de un mes desde la fecha de recepción del expediente completo.

8. Una vez concedida la autorización de uso de la caseta a la Asociación, ésta deberá comprometerse al buen uso y mantenimiento de sus instalaciones así como a la limpieza de la misma además del cumplimiento de las normas establecidas para el Recinto Ferial.

9. Es imprescindible la desocupación de la caseta cedida con un mes de antelación a la fecha de inicio de la Feria de Octubre y podrá volver a ser ocupada en un plazo de 15 días desde la finalización de la misma siendo la Asociación la responsable de adecentarla una vez que le entregue pasada la feria no siendo este Ayuntamiento responsable de la limpieza o adecuación de la caseta, en ningún caso.

10. La Concejalía de Obras y Servicios, RR.HH. y Barriadas hará entrega del acta de entrega de llaves y recepción de las instalaciones a satisfacción de los interesados y documento de aceptación de las normas de uso del Recinto Ferial, siendo desde este momento la Asociación y, subsidiariamente sus representantes y socios, los responsables de todos los actos o actividades que se desarrollen en la misma

11. El Excmo. Ayuntamiento de Cartaya se reserva la capacidad de anulación del compromiso de cesión de las casetas en caso de falta de mantenimiento de las mismas, incumplimiento de las normas establecidas para el uso del recinto ferial o por la realización de actividades que no se ajusten a los motivos para las que fueron concedidas, para ello podrá realizar tantas visitas de comprobación como estime convenientes mientras dure la cesión de la caseta.

12. En caso de llegar la fecha de organización y montaje de las casetas para la Feria de Octubre de la localidad; si éstas no han sido puestas a disposición del Ayuntamiento de Cartaya, la Asociación y las personas firmantes en su nombre autorizan expresamente al Ayuntamiento de Cartaya a que haga uso de ellas a partir del día 10 de septiembre de cada año, trasladando éste los enseres que se hallen dentro de la caseta al almacén municipal.